Poner placas solares no solo baja la factura de la luz: también puede rebajar lo que pagas en la declaración de la renta. En 2026 hay dos deducciones distintas, y elegir bien entre ellas puede suponer cientos o miles de euros de diferencia.
Te explicamos cómo funciona cada una, qué requisitos tienen, con ejemplos de cálculo, y los errores que hacen perder la deducción aunque la instalación esté perfecta.
Lo esencial
- Deducción nueva de 2026: 10 % de lo invertido (20 % en instalaciones de edificios residenciales), con hasta 5.000 € de base. Solo exige el certificado de la instalación (CIE).
- Deducción por eficiencia energética: 40 % con hasta 7.500 € de base si los certificados energéticos acreditan un 30 % de ahorro o la letra A o B.
- No se pueden aplicar las dos a la misma instalación. Tampoco sirve el pago en efectivo.
- Andalucía no tiene deducción autonómica propia por autoconsumo.
Índice de contenidos
Las dos deducciones de IRPF para placas en 2026
El Real Decreto-ley 7/2026, convalidado por el Congreso el 26 de marzo de 2026, hizo dos cosas. Prorrogó las deducciones por obras de eficiencia energética y creó una deducción nueva y específica para el autoconsumo renovable.
Las dos son estatales y se restan directamente de la cuota que pagas, no de la base imponible. Pero la ley es clara: por una misma instalación solo puedes aplicar una de ellas.
Deducción por autoconsumo renovable (10 % o 20 %)
Es la más sencilla. Recogida en la disposición adicional 62.ª de la Ley del IRPF, funciona así:
- 10 % de lo pagado por instalar autoconsumo renovable, baterías incluidas, en cualquier inmueble de tu propiedad.
- 20 % si eres propietario de una vivienda en un edificio residencial donde se hace la instalación, como las placas de una comunidad.
- Base máxima de 5.000 € al año, es decir, hasta 500 € o 1.000 € de ahorro.
La instalación debe pagarse y terminarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Cuentan los equipos, la mano de obra y las obras necesarias para instalarla, así que la adaptación del tejado también suma.
El requisito clave es tener el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE) y los permisos en regla. No hace falta certificado energético. Tampoco vale si las placas están afectas a una actividad económica, como un negocio o un piso turístico gestionado como actividad.
Deducción por eficiencia energética (40 % o 60 %)
Es la deducción clásica de la disposición adicional 50.ª. Tiene tres modalidades, pero para las placas solares encaja sobre todo una:
- 40 %, con hasta 7.500 € de base al año, si reduces al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o la vivienda alcanza la letra A o B.
- 60 % para obras en el edificio residencial completo, con 5.000 € al año y 15.000 € acumulados. Está vigente hasta el 31/12/2027.
La modalidad del 20 % exige reducir la demanda de calefacción y refrigeración, algo que consiguen el aislamiento o las ventanas, no las placas. Por eso la fotovoltaica suele ir al 40 %.
Necesitas dos certificados de eficiencia energética registrados: uno antes de empezar y otro al terminar. La deducción se aplica en la renta del año en que se expide el segundo, que debe emitirse antes del 1 de enero de 2027. Vale para tu vivienda habitual o para una que alquiles.
Ejemplos: cuál te conviene
Vamos con dos casos habituales en Huelva, sin subvenciones de por medio:
| Caso | Deducción 10 / 20 % | Deducción 40 / 60 % |
|---|---|---|
| Chalet en Aljaraque, instalación de 6.000 € | 10 % de 5.000 € = 500 € | 40 % de 6.000 € = 2.400 € (si el certificado acredita el ahorro) |
| Comunidad en Huelva capital, 1.500 € por vecino | 20 % de 1.500 € = 300 € | 60 % de 1.500 € = 900 € (si el edificio acredita el ahorro) |
La del 40 o 60 % casi siempre da más, pero exige pagar dos certificados energéticos y conseguir el ahorro mínimo. Si tu vivienda ya parte de una buena letra, quizá no llegues al 30 % y te compense la del 10 o 20 %.
Nuestro consejo: pide el certificado inicial antes de instalar. Te cuesta poco y te deja las dos puertas abiertas.
Cómo aplicarla en la declaración
- Reúne la documentación: facturas a tu nombre, justificantes de pago bancario, CIE y, si vas al 40 %, los dos certificados energéticos.
- Resta las ayudas: si recibes una subvención por la instalación, descuéntala de la base.
- Busca el apartado en Renta Web: en «Deducciones generales de la cuota», dentro de las obras de mejora de eficiencia energética y autoconsumo.
- En comunidades: cada vecino deduce según su cuota de participación, con el certificado que emite la comunidad.
Errores que te hacen perder la deducción
- Pagar en efectivo: ni un euro. Solo valen tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
- No pedir el certificado inicial antes de la obra, si quieres la deducción del 40 %.
- Olvidar descontar la subvención de la base de la deducción.
- Aplicar las dos deducciones a la misma instalación.
- Facturas a nombre de otra persona que no es propietaria del inmueble.
Además, el tejado tiene que estar en buen estado: una gotera obliga a desmontar paneles y encarece todo. Si necesitas ponerlo a punto, mira nuestro servicio de reparación de tejados. Y para saber qué ayudas quedan, lee la guía de subvenciones para placas solares en Huelva o contacta con tu albañil en Huelva.
Información orientativa actualizada a 24/09/2026. No es asesoramiento fiscal: confirma tu caso con la Agencia Tributaria o con tu gestor. Consulta nuestro descargo de responsabilidad.
¿Vas a instalar placas este año?
Preparamos la cubierta y te damos la factura desglosada de la obra para que puedas incluirla en la base de la deducción.
Pedir presupuesto de cubiertaPreguntas frecuentes
¿Las placas solares desgravan en la renta de 2026?
Sí. Puedes deducir el 10 % (o el 20 % en edificios residenciales) con la deducción nueva, o el 40 % si los certificados energéticos acreditan el ahorro exigido.
¿Puedo deducirme las placas de una segunda residencia?
Con la deducción del 10 %, sí: vale para cualquier inmueble de tu propiedad. La del 40 % solo admite la vivienda habitual o una alquilada.
¿Tributa la subvención Next Generation que recibí?
No. Las ayudas del Real Decreto 477/2021 no se integran en la base imponible del IRPF. Eso sí, debes restarlas de la base de la deducción.
¿Hay deducción autonómica en Andalucía por placas solares?
No. Entre las deducciones autonómicas andaluzas vigentes no hay ninguna por autoconsumo ni por eficiencia energética.